Los Montes de Utilidad Pública de El Espinar

 

Los Montes de Utilidad Pública (M.U.P.) y su Catálogo en Castilla y León

🛡️ Un Instrumento Clave para la Protección Forestal Histórica y Actual


Definición y Datos Clave en Castilla y León

Castilla y León posee un vasto patrimonio forestal. De las casi 4,9 millones de hectáreas de superficie forestal en la Comunidad, aproximadamente 2,4 millones son propiedad de alguna Administración Pública.

De estas, la cifra más relevante es que más de 1,8 millones de hectáreas —cerca del 37% del total forestal— están declaradas como Montes de Utilidad Pública (M.U.P.). Estos se distribuyen en un total de 3.510 montes catalogados, lo que subraya su importancia ecológica y administrativa.


El Origen Histórico del Catálogo

El Catálogo de Montes de Utilidad Pública es un registro público de carácter administrativo con una profunda raíz histórica. Su formación original data del año 1862, naciendo con un objetivo crucial: excluir a los montes públicos del proceso desamortizador llevado a cabo por el Ministro de Hacienda Pascual Madoz a partir de 1855.

Esta iniciativa histórica convierte al Catálogo en un instrumento fundamental que ha garantizado, y sigue garantizando, la protección, conservación y gestión de estos terrenos forestales. Su inclusión en el Catálogo les dota de las garantías que nuestro ordenamiento jurídico reconoce a los bienes de dominio público.

Las competencias de actualización y mantenimiento de este Catálogo fueron transferidas a nuestra Comunidad Autónoma en virtud del Decreto 1584/84, de 8 de febrero, siendo la base del registro actualmente en vigor.


Marco Legal y la Importancia de la Catalogación

La normativa autonómica que regula este registro es la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León (artículos 11 y siguientes), que se enmarca dentro de la normativa básica estatal (Ley 43/2003, de 21 de noviembre).

La inclusión de un monte en el Catálogo no es un simple trámite administrativo; confiere beneficios esenciales para su conservación:

  • Garantía de Protección y Conservación: Asegura una gestión orientada a la sostenibilidad.
  • Inscripción Obligatoria: El artículo 12 de la Ley 3/2009 establece que todos los montes de dominio público declarados de utilidad pública deben inscribirse en este registro.
  • Presunción Posesoria: Otorga la presunción posesoria del monte en favor de la entidad pública a cuyo nombre figure, reforzando la seguridad jurídica del dominio público.

Los Montes de Utilidad Pública de El Espinar

Consulta de Datos y Documentos de Interés

Si deseas profundizar en los datos de los montes catalogados y sus superficies, puedes consultar las siguientes fuentes oficiales:

📊 Montes y propiedad por Provincias de Castilla y León      Descarga del documento tipo XLSX 📄 Descarga: Relación de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad

También puedes acceder a documentación específica, como el:

DESCARGA: Catálogo de los Montes de Utilidad Pública de la provincia de Segovia
(Nota: Pídenos acceso y te lo compartimos.)

 

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